Artículo 37. - Tránsito, faltas y
contravenciones. En los procesos por infracciones a las leyes de tránsito y
en los procesos por faltas y contravenciones, en que se llegare a celebrar
juicio oral, los honorarios mínimos serán de ciento sesenta y cinco mil
colones; pero si la causa concluye antes del juicio oral por cualquier
motivo, los honorarios mínimos serán de ciento diez mil colones.
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